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Línea Gratuita Habilitada Para Denuncias En Incumplimiento de Gratuidad Escolar

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El Ministerio de Educación Nacional Habilitó la línea gratuita Nacional  018000 910 122 para atender las denuncias ciudadanas. La Ministra  de Educación, María Fernanda Campo, hizo un llamado a los padres de familia para que denuncien las instituciones educativas Oficiales del País donde les estén cobrando por algún concepto.

Hasta el momento el valor promedio para Educación Básica pasaría de $ 35.000 a $ 65.000 por alumno al año; y para educación Media aumentaría de $62.000 a $95.000. El Ministerio buscará reconocer un valor por estudiante diferencial para el nivel de preescolar y para la media técnica, con el fin de compensar los mayores valores de la canasta educativa en los que incurren las instituciones que ofrecen dichas modalidades.

 

¿De qué trata la gratuidad educativa?
La gratuidad total en la educación (descrita en la Directiva Ministerial Nº 23 ) significa que los padres de familia no pagarán en dinero o en especie -en ningún caso y bajo ninguna circunstancia- por la prestación del servicio educativo de sus hijos. Esto quiere decir que los establecimientos educativos estatales no podrán cobrar por costos relacionados con la matrícula, pensiones, carné estudiantil, certificados de estudio, mantenimiento de equipos, boletines, constancias o derechos de grado, seguros estudiantiles y en general, por ningún servicio complementario de las instituciones educativas oficiales.
Con esta medida serán beneficiados más de 8,5 millones de niños y jóvenes de todo el país.
Con respecto a la inversión, serán asignados $525.000 millones (de los $15 billones provenientes del SGP que destinará el Gobierno Nacional para financiar la educación en 2012), para garantizar la gratuidad de los estudiantes de los establecimientos educativos estatales. Esto significó que los recursos se incrementaron en más de 120% frente a los asignados en 2011, los cuales fueron de $237.000 millones. Además, el Ministerio de Educación hace un llamado para que, aun cuando se están destinando recursos del SGP a la gratuidad de la educación, los municipios y departamentos que actualmente concurren con recursos para mejorar las condiciones del servicio ofrecidos en los establecimientos, lo sigan haciendo.

Disposiciones del Decreto de Gratuidad Educativa

El Decreto Nº 4807 de 2011 establece aspectos como el ámbito de aplicación, el alcance de la gratuidad educativa, la financiación de dicha gratuidad, la destinación o uso que se le puede dar a los recursos de gratuidad así como los usos que no son posibles, indica la metodología para la distribución de los recursos, la responsabilidad en el reporte de información y los destinatarios de los giros de los recursos, entre otras disposiciones.

Beneficiarios: Serán beneficiados con gratuidad total, todos aquellos estudiantes que hayan sido reportados por las Secretarías de Educación en el Sistema de Matrícula Estudiantil de Educación Básica y Media (SIMAT), de transición a 11°, en establecimientos educativos estatales que sean financiados por el SGP para educación.


Financiación: Todos los recursos destinados para gratuidad ($525.000 millones para 2012) serán financiados a través del Sistema General de Participaciones (SGP).
· Giro de recursos: Los recursos de gratuidad se girarán directamente a los fondos de servicios educativos de los establecimientos educativos estatales. En caso de que dichos establecimientos no tengan un fondo de servicio educativo, los dineros serán girados al fondo al cual se asocien. En este sentido, el giro de los recursos se agiliza en razón a que se girará directamente a las instituciones educativas y no a la alcaldía como se hacía antes.

Inicio del Proceso de Giros
El Ministerio de Educación Nacional expidió la Directiva Ministerial Nº 23 del 9 de noviembre de 2011 donde se define el procedimiento a seguir para implementar el giro directo a los establecimientos, así como los documentos que deben entregar los establecimientos educativos a sus respectivas Secretarías de Educación.
Para efectos del giro de los recursos, el Ministerio de Educación recuerda a las entidades territoriales certificadas y a las instituciones educativas que deben entregar la información necesaria , de manera oportuna, y así garantizar que el giro de los recursos se realice a partir de febrero de 2012. En ese sentido, en la medida que las instituciones demoren la entrega de la documentación respectiva, el envío de los recursos se verá igualmente afectado. El Decreto 4807 de 2011 establece, además, que no se girarán recursos a los establecimientos educativos oficiales que no remitan la información necesaria y que se informará sobre la omisión de dicha información a los organismos de control.

(Artículo de la Página web del Centro Virtual de Noticias Ministerio de Educación Nacional. http://www.mineducacion.gov.co/cvn )

Descarga Decreto 4807